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MEMORIA

PRESENTADA AL CONSEJO DE LA UNIVERSIDAD

EN SESION DE 11 DE MARZO DE 1854

SEÑORES:

En virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del supremo decreto de 23 de abril de 1844, me cumple dar cuenta del estado actual de la instruccion pública, de las mejoras introducidas en ella durante el quinquenio principiado en setiembre de 1848, de los obstáculos que las han contrariado, i de los acontecimientos que durante el mismo período hayan tenido una relacion inmediata con la instruccion pública. Concluiré, como se me previene en el mismo decreto, dando una breve noticia de los miembros de esta universidad que han fallecido, i que se han distinguido por su celo en favor de la instruccion.

I

Por el artículo 1.o, número 8, de la lei de 19 de noviembre de 1842, que asentó sobre nuevas bases esta universidad, se cometió a la facultad de filosofía i humanidades el encargo de dirijir las escuelas primarias, proponiendo al gobierno las reglas que juzgase mas convenientes para su organizacion; el de redactar, traducir, revisar los libros que hubiesen de servir de texto en ellas; el de llevar un rejistro estadístico que presentase cada año un cuadro completo de la enseñanza primaria en Chile; i el de hacer, por medio de sus miembros i de

corresponsales intelijentes, la visita e inspeccion de las escuelas primarias de la capital i de las provincias.

Por otra parte, en el decreto de 23 de abril de 1814 arriba citado, se cometió al consejo de la universidad la inspeccion de todos los establecimientos de educacion, nacionales, provinciales o municipales, en cuyo número se comprendieron sin duda las escuelas primarias, segun se ve por el artículo 50. La inspeccion se extendia, con ciertas limitaciones, a los establecimientos particulares.

Para llevar a efecto estos encargos se establecieron juntas provinciales de educacion (artículo 57), e inspecciones departamentales (artículo 62).

La facultad de humanidades pudo ejercer i ejerció satisfactoriamente la inspeccion de las escuelas primarias de la capital; pero carecia de medios para extenderla mas allá de la ciudad de Santiago. Esto fué sin duda lo que dió motivo al precitado decreto de 23 de abril, que parece trasferir la inspeccion jeneral de las escuelas al consejo, por medio de las juntas provinciales i de las inspecciones de educacion. Mas tardó poco en percibirse que esta organizacion era poco ménos que completamente ineficaz para el objeto que se deseaba. Una que otra provincia ha habido en que merced al celo del jefe superior se desplegó por algun tiempo una actividad bienhechora, i se cumplió con la debida regularidad el encargo de dirijir estados periódicos al consejo. Pero la mayor parte de las provincias no los han remitido sino a intervalos mas o ménos largos, i aun entónces incompletos. Hai algunas, i no por cierto de las ménos avanzadas en civilizacion i riqueza, de las que no se han recibido mas que uno o dos estados desde el año de 1844 hasta el dia. Aquella especie de animacion que se notó al principio, fué poco a poco entibiándose, i la experiencia me parece haber ya demostrado la insuficiencia de esta armazon de juntas i de inspecciones para los fines de su institucion, i en particular, para provcernos de datos estadísticos con la frecuencia i regularidad necesarias. Lo que a este respecto se ha obtenido, se debe en su mayor parte a la accion directa del ministerio de instruccion pública ejercida por los órganos oficia

les de la administracion. Hácese, pues, cada dia mas urjente la creacion de otro órden de cosas, o el complemento del que ya se ha ensayado cometiendo la estadistica de la enseñanza a una seccion del ministerio de instruccion pública. La facultad de humanidades i el consejo podrian seguir, como hasta aquí, facilitando en este ramo los trabajos del supremo gobierno, ya en la discusion de los reglamentos, ya en la revision de los textos, ya en la indicacion de otros nuevos, o en la reforma de los existentes. La inspeccion, confiada principalmente a los visita lores, aumentándose su número de manera que todas las escuelas de la república pudiesen ser visitadas a lo ménos una vez cada año, jeneralizaria los excelentes resultados que ya se han logrado por este medio en las escuelas en que hasta ahora ha podido emplearse. Durante la ausencia de los visitadores, cuidarian los inspectores de que se observase el réjimen establecido por aquellos en las escuelas fiscales, municipales i conventuales, i les darian cuenta de lo que sobre este punto mereciera su atencion o reclamara su intervencion.

Las juntas provinciales ejercerian la inspeccion en las capitales de provincia, pero dejando siempre a los visitadores la incumbencia de proponer i plantear las reformas, en una palabra, todo lo concerniente a la sustancia, forma i distribucion de la enseñanza. A mi juicio, la accion legal de los visitadores deberia ser uniforme en las escuelas fiscales, municipales i conventuales; extensiva en ellas a plantear las reformas didácticas, i limitada en las escuelas particulares a recomendarlas. Pero, en la parte represiva de prácticas opuestas a la moralidad i a la salubridad, las atribuciones de los visitadores deberian ser unas mismas en todos los establecimientos de enseñanza primaria, cualquiera que sea la procedencia de los fondos de que subsistan.

De estos antecedentes, se colije la necesidad de un reglamento que determine las atribuciones de los visitadores en las varias clases de escuelas primarias; sus relaciones con los inspectores i las juntas; las facultades de que pueden hacer uso; i su correspondencia periódica con el ministerio de instruccion pública i con el consejo universitario. Pero es preciso recor

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dar que, si las prescripciones del gobierno no fuesen acompañadas de la competente sancion, de nada serviria multiplicar los reglamentos, i a la vuelta de pocos años tendríamos que volver a lamentar su ineficacia.

II

La base de la estadística de la enseñanza primaria i de toda la educacion nacional, es el censo de la poblacion; i hasta ahora solo tenemos el de 1843, que no nos permite rastrear, como tan de desear sería, la proporcion en que cada provincia, cada departamento, cada distrito, cada pueblo, goza ahora de este gran beneficio, que es a un mismo tiempo el jérmen i la medida de la civilizacion intelectual. No solo ha debido cambiar considerablemente desde aquella época la poblacion absoluta de cada localidad, sino la proporción de las poblaciones de las varias localidades entre si; porque está a la vista de todos que la marcha de la poblacion, rápida en varias partes, en otras es lenta, en algunas apénas sensible. Pero es preciso resignarnos a sacar el partido posible de esta defectuosísima base. Procedamos momentáneamente sobre la suposicion de haber permanecido estacionaria la poblacion desde 1843, i comparémosla con el cuadro jeneral de la educacion primaria en Chile en 1853, presentado por el señor ministro de instruccion pública al congreso. La razon entre el número de niños que van a la escuela i el de los habitantes, sería aproximadamen

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De manera que, segun esta cuenta, tendríamos en la escala de débil iluminacion de las diferentes provincias este órden gradual: Chiloé, Valparaíso, Atacama, Santiago, Valdivia, colocadas sobre el término medio de la república; i bajo este término Coquimbo, Concepcion, Aconcagua, Talca, Ñuble, Maule i Colchagua. Comparando estos resultados con los que consigné en la memoria que tuve el honor de leer en la sesion solemne de 1848, la discrepancia no es grande. Chiloé i Valparaíso ocupaban entónces, como ahora, los dos primeros lugares en la serie, i ahora, como entónces, Maule i Colchagua parecen retener los dos últimos. En Santiago i Valdivia, subsisten los guarismos anteriores 1/33, 1/38; Chiloé ha descendido aparentemente de 1/17 a 1/20, i Talca de 1/43 a 1/59; pero Atacama ha subido de 1/40 a 1/28, cambiando de lugar con Santiago; Coquimbo de 1/50 a 1/48, Aconcagua de 1/60 a 1/57, Valparaíso de 1/28 a 1/25, Concepcion de 1/75 a 1/55, Nuble de 1/67 a 1/66, Maule de 1/96 a 1/84, i Colchagua misma de 1/150 a 1/125. La república toda por término medio parece haber descendido de 1 por 45 a 1 por 47. Pero es indudable que la cantidad absoluta de la enseñanza primaria ha subido en todas partes, i que el pequeño descenso que en algunas aparece es debido a la mayor exactitud de los datos de que se ha servido el señor ministro de instruccion pública.

No puede ménos de ocurrir una reflexion, i ciertamente poco a propósito para darnos una idea ventajosa de los progresos de la instruccion primaria. Gracias al celo del supremo gobierno i de las cámaras, se han fundado desde 1843 gran número de escuelas primarias dotadas con fondos fiscales; las municipalidades han contribuido por su parte; i el número de las escuelas particulares ha recibido tambien algun incremento; pero la poblacion ha crecido al mismo tiempo en una una ra

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